PRIORIZACIÓN DE LAS DEMANDAS
El principal objetivo de la categorización de las llamadas es establecer la priorización del incidente, es decir, definir la preferencia y la rapidez con que debe ser respondida cada una.
PRIORIDAD 1: EMERGENCIAS
Las emergencias con prioridad 1 son aquellas situaciones en las que los signos o síntomas que presenta la víctima nos hacen sospechar un inminente riesgo vital, o de secuelas graves o irreversibles o pérdida de función de órganos vitales, y por tanto, prescisan una atención inmediata.
Emergencias (Prioridad 1)
- Fallo respiratorio agudo. Disnea de aparición brusca.
- Parada respiratoria o cardiorrespiratoria.
- Accidente cerebrovascular agudo (ICTUS).
- Traumatismo craneoencefálico con pérdida de conciencia.
- Traumas con criterios de gravedad por su mecanismo lesional.
- Síncope.
- Inconsciencia.
- Parto precipitado-anteparto.
- Obstrucción de la vía aérea por cuerpo extraño.
- Hemorragia de cualquier localización con riesgo vital.
- Coma de cualquier etiología.
- Shock anafiláctico con disnea.
- Crisis convulsiva activa.
- Traumatismo penetrante en tórax o abdomen.
- Sospecha de síndrome coronario agudo.
- Dolor torácico agudo con sospecha de patología grave.
- Alteraciones del ritmo cardíaco con inestabilidad hemodinámica.
- Emergencia hipertensiva.
- Sospecha de edema agudo de pulmón.
- Grandes quemados.
- Ahogamientos por inmersión.
- Envenenamientos e intoxicaciones con posibilidad de afectación grave del estado general.
- Hipoglucemia severa.
- Amputaciones de miembros.
- Quemaduras graves en cara, manos, pies y genitales.
- Dolor súbito en miembros que podría indicar isquemia arterial aguda.
- Electrocución.
- Metrorragias del tercer trimestre.
- Dolor abdominal con sospecha de inestabilidad hemodinámica.
- Fiebre con petequias o convulsiones.
- Catástrofes naturales y humanas con presunción de elevado número de víctimas.
PRIORIDAD 2: URGENCIAS NO DEMORABLES
Las urgencias no demorables o de Prioridad 2 son aquellas situaciones en las que el paciente sufre enfermedades o lesiones que , de no atenderse, pueden generar complicaciones fatales. También se conocen con la denominación de urgencia verdadera con requerimientos hospitalarios.
Urgencias no demorables (Prioridad 2)
- Dolor abdominal agudo de cualquier localización, excepto que se acompañe de síndrome miccional o aparezca en el contexto de una gastroenteritis aguda, en cuyo caso se establecerá una Prioridad 3.
- Vómitos de cualquier etiología con afectación del estado general, excepto que estén claramente producidos por jaqueca, vértigo o gastroenteritis aguda, en cuyo caso se establecerá Prioridad 3.
- Dolor torácico bien tolerado no sugerente de isquemia miocárdica o patología grave y sin antecedentes previos de cardiopatía isquémica.
- Focalidad neurológica: afasia, parálisis o paresia muscular, disartria, inestabilidad en la marcha en pacientes con ACV previo, sin criterios de inclusión en PLACA.
- Intoxicaciones medicamentosas sin afectación del estado general.
- Síndrome febril con afectación del estado general.
- Hemoptisis sin compromiso vital.
- Disnea de instauración progresiva, excepto cuando se trata de origen psiquiátrico, en cuyo caso será de Prioridad 3.
- Cefalea con afectación del estado general. Si se sospecha una jaqueca, se establecerá Prioridad 3.
- Sospecha de brote psicótico en pacientes sin antecedentes, no considerados como situaciones especiales.
- Cuadros agudos confusionales o de desorientación.
- Traumatismos o accidentes con criterios anatómicos de gravedad o criterios de riesgo basados en el mecanismo lesional.
- Síndrome de abstinencia de alcohol u otras drogas.
- Estados convulsivos poscríticos.
- Trombosis venosa profunda.
- Hematuria macroscópica.
PRIORIDAD 3: URGENCIAS DEMORABLES
Las urgencias demorables o de Prioridad 3 corresponden a aquellas personas con sospecha de presentar una urgencia sin riesgo vital.
Prioridad 3: Urgencias demorables
- Dolor torácico con características osteomusculares.
- Lipotimias o síncopes vasovagales en pacientes jóvenes sin antecedentes de interés ni alteración del estado general ni de la conciencia en el momento de la llamada.
- Parálisis facial periférica.
- Vómitos incoercibles de cualquier etiología sin afectación del estado general que estén claramente producidos por jaqueca, vértigo, cólico nefrítico o gastroenteritis aguda.
- Jaqueca o migraña siempre que el aura no dure más de 60 minutos o se instaure en menos de 5 minutos.
- Crisis de ansiedad, angustia, ataques de pánico o histeria.
- Intoxicación etílica aguda siempre que no curse con alteración del nivel de conciencia (estupor o coma).
- Crisis hipertensiva sin disfunción de órgano, aislada, no incluida en prioridades 1 y 2.
- Retención urinaria sin sospecha del globo vesical.
- Epitaxis leve.
- Vértigo periférico.
- Urticaria.
- Dolor en paciente con tratamiento paliativo por proceso irreversible.
- Síndrome febril del lactante y niño pequeño, sin afectación del estado general.
- Descompensación hidrópica en pacientes con insuficiencia hepática, sin signos de encefalopatía.
PRIORIDAD 4: AVISOS DOMICILIARIOS
Los avisos domiciliarios o atención domiciliaria corresponden a aquellas personas que no presentan una urgencia pero precisan de algún acto sanitario a domicilio.
Avisos domiciliarios: (Prioridad 4)
- Dolores articulaciones y musculares no traumáticos (espalda, cintura, piernas, etc).
- Dolores localizados en garganta, oídos, muelas, etc.
- Mareos habituales.
- Síndrome febril bien tolerado.
- Malestar general bien tolerado.
- Síndrome miccional.
- Gastroenteritis aguda con buen estado general, pocas horas de evolución y sin intolerancia oral.
- Crisis de gota.
- Lesiones cutáneas exantemáticas.
- Calambres o espasmos musculares.
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